Título Sexto
Del Trabajo y la Previsión Social
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, los cuales regirán:
A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo.
I. La duración de la jornada máxima será de ocho horas.
II. La jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la n0che, de los menores de dieciséis años;
III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima de las seis horas.
IV. Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos.
PREGUNTAS:
1. Explica qué indica cada tipo de número en la distribución gráfica de este documento.
2. ¿En qué situación podrías citar la Constitución mexicana para salvaguardar tus derechos?
3. ¿Cómo citarías el documento anterior para defender a un niño de once años que trabaja en una tienda de autoservicio?
5 comentarios:
al niño lo estan obligando a trabajar o le dan mas horas de trabajo ??????
olvidenlo ya le entendi :D
Ok, es solo una situación
oooo ya entendii
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